f) Las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos
Esta disposición no aplica a este sujeto obligado, ya que dentro de los objetivos y facultades de este Organismo Público Descentralizado, señaladas en sus artículos 2, 7, 8 y 9 del decreto número 12029 por el que se creó este Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tonalá, Jalisco, no se encuentran las de realizar evaluaciones y encuestas a los programas financiados con recursos públicos. En el mismo sentido, esas facultades tampoco las contempla el Reglamento Interno vigente de este sujeto obligado en ninguno de sus numerales. Sin embargo, una vez que se realice alguna evaluación, será publicada.
Ultima Actualización: 2024-04-30 14:34:45